La Secretaría de Comunicaciones y Transportes de San Luis Potosí dio a conocer que el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito Federal resolvió una serie de amparos a favor de empresas trasnacionales que les permitirá operar en el Estado.

El titular de la SCT, explicó que el Tribunal dio la razón a plataformas de redes de transporte, como Uber, Didi, Beat o Cabify, entre otras, que actualmente tributan en paraísos fiscales, permitiendo su operación sin regularizarse ante la dependencia estatal, lo cual representa una competencia desleal para el gremio taxista potosino que cumple con los requisitos de Ley para prestar el servicio de transporte público a las y los potosinos.

Luego de que en el año 2017 el Congreso del Estado aprobó adiciones a la Ley de Transporte Público, quedando contempladas las llamadas “Empresas de redes de transporte”, las plataformas recurrieron a ampararse para funcionar con total irregularidad en el Estado.

Así que, en aras de dar certidumbre al gremio taxista potosino respecto a este tema, el Gobierno estatal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, solicitó al Tribunal Colegiado la aclaración de la sentencia con el fin de conocer los alcances de la misma, aunque el fallo es definitivo.