El Reglamento Municipal para la Protección del Suelo y la Prohibición de Autorizaciones Municipales Vinculadas con la Fractura Hidráulica establece que no procederán permisos, licencias o dictámenes municipales para infraestructura relacionada con el fracking cuando exista incompatibilidad con zonas de preservación ecológica, áreas de recarga hídrica o protección agrícola, o cuando se identifiquen riesgos no mitigables para la población y los recursos naturales.

La normativa también contempla mecanismos de inspección y vigilancia, atención de denuncias ciudadanas, participación comunitaria, medidas preventivas, sanciones administrativas y acciones de restauración dentro de las atribuciones municipales. El reglamento entrará en vigor conforme a sus disposiciones transitorias.

Además, se prevé establecer un mecanismo municipal de coordinación, un registro de actuaciones y un manual de inspección y vigilancia para dar seguimiento a la aplicación de las nuevas disposiciones.